La Cámara de Casación resolvió declarar inadmisible el planteo presentado por Máximo y Florencia Kirchner, quienes buscaban anular las medidas cautelares impuestas sobre trece inmuebles pertenecientes a las firmas Los Sauces y Hotesur. La decisión fue adoptada por la Sala IV, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, con un voto mayoritario de Hornos y Barroetaveña que sostuvo que la resolución del tribunal oral no era recurrible.
El embargo preventivo fue ordenado por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), responsable de ejecutar la condena del caso Vialidad, con el fin de resguardar el valor patrimonial de los bienes ante un posible decomiso. Estas trece propiedades forman parte de una segunda etapa de decomiso que alcanza a 141 bienes, requerida por el fiscal general Diego Luciani para cubrir el monto del daño ocasionado al Estado, fijado en 685.000 millones de pesos.
La defensa de los hijos de la ex Presidenta había solicitado dejar sin efecto las medidas, argumentando que dichos inmuebles no debían estar sujetos a las acciones del caso Vialidad, dado que ellos no fueron juzgados en ese expediente. Sin embargo, el TOF 2 recordó que la sentencia estableció que la maniobra de fraude en la obra pública generó beneficios económicos directos para Lázaro Báez e indirectos para la familia Kirchner a través de una conexión comercial comprobada entre 2003 y 2015.
Entre los bienes alcanzados por la medida se encuentra el departamento de la calle San José 1111, donde reside la ex Presidenta, además de activos como el hotel La Aldea de El Chaltén y el hotel Alto Calafate. Los jueces del TOF 2, Rodrigo Giménez, Jorge Gorini y Andrés Basso, señalaron que la medida busca evitar que los titulares vendan o modifiquen la naturaleza de los inmuebles, basándose en normativas que permiten alcanzar a sociedades beneficiadas por el producto del delito.
