Sociedad

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la destitución del exjuez Eduardo Elías Flores

El STJ de Entre Ríos ratificó la remoción del exjuez laboral Eduardo Elías Flores tras rechazar un recurso contra el fallo del Jurado de Enjuiciamiento.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la destitución del exjuez Eduardo Elías Flores

El máximo tribunal rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por el exmagistrado. Quedó firme el fallo del Jurado de Enjuiciamiento que lo removió por violencia laboral psicológica y mal desempeño de sus funciones. º 1 de Concepción del Uruguay.

De esta manera, el máximo tribunal de la provincia rechazó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad promovido por la defensa del exmagistrado contra la resolución emitida por el Jurado de Enjuiciamiento el 13 de junio de 2023.

La sentencia contó con la integración de los vocales Miguel Giorgio, Germán Carlomagno, Carlos Tepsich, Claudia Mizawak y María López Arango, quienes desestimaron los planteos de violación al debido proceso y arbitrariedad formulados por el exjuez.

Flores había sido apartado del Poder Judicial tras las denuncias presentadas por Ángel Amadeo Fernández, Matías Melgares y María Natalia Bordín. El eje central de la acusación ventilada durante el jury de enjuiciamiento se fundamentó en la existencia de un cuadro sistemático de violencia laboral psicológica (mobbing), caracterizado por conductas de hostigamiento, aislamiento e invisibilización de trabajadores, lo que derivó en la renuncia de una de las denunciantes tras sufrir episodios de angustia severa.

Al analizar la apelación extraordinaria, el STJ delimito sus alcances institucionales y fundamentó la validez del juzgamiento: ⚖️ Garantía del derecho de defensa: El tribunal concluyó que Flores estuvo notificado formalmente de las acusaciones del Ministerio Público Fiscal, contó con oportunidades suficientes para presentar descargos, ofrecer pruebas y realizar alegatos con asistencia legal activa.

📋 Valoración probatoria legítima: El fallo remarcó que el Jury no actuó de manera arbitraria, sino que fundamentó su voto en los testimonios directos de los denunciantes y de testigos clave (Goycochea, Nomellini, Rougier y Caffa), quienes acreditaron el «deterioro del clima laboral» en el juzgado laboral uruguayense.

🏛️ División de poderes y límites de revisión: El STJ aclaró que no constituye un «órgano de alzada» para revaluar nuevamente las pruebas de un tribunal constitucional autónomo como el Jurado de Enjuiciamiento, citando la jurisprudencia del caso Goyeneche y la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el control político de funcionarios.

Con esta resolución, queda agotada la vía recursiva ordinaria a nivel provincial, confirmando la remoción del cargo para el exmagistrado.